Durante toda la historia de España la Iglesia Católica ha estado presente. Pensemos en la reconquista, la Inquisición, el papel de los Reyes Católicos, Felipe II, etc.
Esto empieza a cambiar en tiempos de Carlos III cuando impone el Regalismo, se trata del control del Estado sobre la Iglesia.
Se expulsa a los jesuitas en 1767 y se presiona al Papa para que suprima su orden (1773).
En 1812 se crea la primera constitución en España, en ésta se dice lo siguiente:
Capítulo II:
Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.
Esto significa que España es un Estado confesional, es decir, que el cristianismo es la religión oficial. Este aspecto se repite en las constituciones de 1837 y 1845. En cambio, las constituciones de 1856 (Non nata) y 1869, debido a que son elaboradas por gobiernos progresistas, se caracterizan por avanzar, levemente, en el camino a la confesionalidad. En éstas no se nombra en ningún artículo que el Estado sea católico, apostólico y romano, además de no perseguir a españoles o extranjeros por tener otras creencias religiosas. Pero se garantizará el culto católico y sus ministros.
En 1931 (Segunda República Española) se crea una nueva constitución en la que por primera vez en nuestra historia, España es un Estado laico. Viene recogido en el tercer artículo:
Titulo preliminar:
Art. 3. El Estado español no tiene religión oficial.
Tras la Guerra Civil Española (1936-1939), se instaura una dictadura dirigida por Franco. Desde un comienzo, España, es un Estado confesional. Esto se reafirma en 1953 a través del Concordato de la Santa Sede. Se trata de una reconciliación entre el Estado y la Iglesia debido a las diferencias manifestadas en la Segunda República Española.
Franco obtuvo una serie de concesiones en éste, como es la participación en el nombramiento de los obispos en el llamado derecho de presentación. Por otro lado la Iglesia tuvo una serie de privilegios:
- Matrimonios canónicos obligatorios para todos los católicos.
- Exención fiscales para los bienes y actividades eclesiásticos.
- Subvenciones para la construcción de nuevos edificios y mantenimiento de su patrimonio.
- Censura de los materiales bibliográficos, musicales, cinematográficos por parte de la iglesia.
- Derecho a constituir universidades.
- Derecho a operar estaciones de radio y publicación de periódicos y revistas.
- Protección contra la intrusión policial sobre propiedades de la iglesia.
- Exención del clero del servicio militar.
En 1975 Franco muere dejando al frente del Estado a el rey Don Juan Carlos I. Éste decide poner fin a la dictadura y elige a Suárez para instaurar una democracia. Una de las medidas que se elabora es la Constitución en 1978. A través de ella España pasa a ser un Estado aconfesional. Dice lo siguiente:
Título I, capítulo segundo:
Título I, capítulo segundo:
Art.16
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
El Rey Don Juan Carlos I sancionando la constitución. |
En la actualidad el catolicismo sigue siendo la religión que predomina en nuestro país. En este gráfico observamos que a pesar de que el catolicismo tiene un gran numero de fieles, existen otras religiones que han ido aumentando en número a lo largo de los últimos años debido a el incremento de extranjeros en nuestro país (En estos colectivos la natalidad es más elevada).
El siguiente gráfico nos enseña cómo en los últimos años en España, al igual que muchos países occidentales, la secularización ha ido en aumento.
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